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NOTIFICACIÓN DE VENTA DEL VEHÍCULO
POR ENTREGA A COMPRAVENTA
Este trámite ha de solicitarse en la Jefatura de Tráfico de la provincia del domicilio del interesado o en la de matriculación del vehículoDocumentación necesaria:- Solicitud en impreso oficial firmada por el comprador y el vendedor (en caso de existir varios compradores o vendedores, cada uno debe firmar en un impreso diferente).
- Identificación de los interesados (Comprador y vendedor):
�� Personas físicas: el comprador presentará fotocopia de documento oficial que acredite su identidad y domicilio (DNI, permiso de conducción español, tarjeta de residencia, pasaporte más Número de Identificación de Extranjeros).
�� Personas jurídicas: fotocopia tarjeta de identificación fiscal de la sociedad y acreditar la representación e identidad del que firme. (Modelo oficial de representación de personas jurídicas disponible aquí).
�� Menores o incapacitados: datos y firma del padre, madre o tutor, fotocopia de su DNI y fotocopia del documento que acredite el concepto por el que actúen (libro de familia, acta judicial.).
�� I.A.E. o Alta censal (mod. 036 de Hacienda) del compraventa (Comercio menor de vehículos).- Documento acreditativo de la transmisión en que conste el DNI, CIF o NIE del adquirente (contrato, factura en el caso de personas jurídicas, recibo, etc.).
- Permiso de circulación original.�� Fotocopia del justificante del pago o exención del Impuesto de Circulación del año anterior o del año en curso, si no ha habido notificación de venta previa. Si no lo tuviera pagado o hubiera que solicitar duplicado, nosotros podemos encargarnos por Ud. Incluyendo nuestros honorarios y el importe estimado a pagar en la valoración de su expediente.
- Impuesto Municipal (IVTM) del año anterior o año en curso (fotocopia).- Además de los documentos anteriores:�� Vehículos agrícolas: documento acreditativo de la baja en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola de la Comunidad Autónoma (original). Si este trámite hubiera que realizarlo le incluiremos los honorarios por la presentación de la documentación en dicho registro.
�� Antes de solicitar el cambio la titularidad del vehículo deberá cancelar cualquier limitación de disposición que tuviera inscrita en el Registro de Bienes Muebles, salvo consentimiento expreso de la Financiera. Igualmente deberá abonar las sanciones impuestas por infracciones de transportes anotadas en el Registro de Vehículos. Nosotros podemos cancelar dichas limitaciones incluyéndole los honorarios correspondientes en la valoración y el importe de la deuda pendiente y costes diversos que tuviera según el caso.
�� La existencia de orden de precinto impedirá la notificación de venta del mismo.
�� Justificante del pago/exención del Impuesto de Matriculación, en los casos en que el cambio de titularidad de vehículos de autoescuela, alquiler sin conductor, taxi, cambio de residencia, que estuvieron exentos del pago en el momento de la matriculación, se efectúe antes de los plazos legalmente previstos (normalmente 4 años). Si tuvieran que realizarlo, podemos encargarnos incluyéndole en la valoración que le hagamos los honorarios y el importe que corresponda.

Para cualquier consulta, puede ponerse en contacto con nosotros en el teléfono 954532994
José Fidel Pérez Puerto
Gestor Administrativo
José de la Cámara 5 2ª Planta
41018 Sevilla

NOTA: Si el vehículo se transmite a un compraventa, la notificación de transmisión supone su baja temporal, debiendo circular con placas ROJAS mientras esté notificado a nombre del compraventa.
Además, si permanece notificado al compraventa por más de un año, el compraventa debe finalizar la transferencia a su nombre antes de poder transferir el vehículo (En caso de sucesivas notificaciones de venta por entrega a compraventa se tendrá en cuenta la primera notificación de venta como fecha de inicio del año).