NOTIFICACIÓN DE VENTA DEL VEHÍCULO
Este trámite ha de solicitarse en la Jefatura de Tráfico de la provincia del domicilio del interesado o en la de matriculación del vehículo
Documentación necesaria:- Solicitud en impreso oficial firmada por el comprador y el vendedor (en caso de existir varios compradores o vendedores, cada uno debe firmar en un impreso diferente. Puede descargarse el impreso oficial aquí).
- Identificación de los interesados:
Personas físicas: el comprador presentará fotocopia de documento oficial que acredite su identidad y domicilio (DNI, permiso de conducción español, tarjeta de residencia, pasaporte más Número de Identificación de Extranjeros).
Personas jurídicas: fotocopia tarjeta de identificación fiscal de la sociedad y acreditar la representación e identidad del que firme. (Modelo oficial de representación de personas jurídicas disponible aquí).
Menores o incapacitados: datos y firma del padre, madre o tutor, fotocopia de su DNI y fotocopia de documento que acredite el concepto por el que actúen (libro de familia, acta judicial.).- Documento acreditativo de la transmisión en que conste el DNI, CIF o NIE del adquirente (contrato, factura en el caso de personas jurídicas, recibo, etc.).
- Permiso de circulación original.
- Impuestos: Fotocopia del justificante del pago o exención del Impuesto de Circulación del año anterior o del año en curso, si no ha habido notificación de venta previa. Si no lo tuviera pagado o hubiera que solicitar duplicado, nosotros podemos encargarnos por Ud. Incluyendo nuestros honorarios y el importe estimado a pagar en la valoración de su expediente.- Además de los documentos anteriores: Vehículos agrícolas: documento acreditativo de la baja en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola de la Comunidad Autónoma (original). Si este trámite hubiera que realizarlo le incluiremos los honorarios por la presentación de la documentación en dicho registro.
Antes de solicitar el cambio la titularidad del vehículo deberá cancelar cualquier limitación de disposición que tuviera inscrita en el Registro de Bienes Muebles, salvo consentimiento expreso de la Financiera. Igualmente deberá abonar las sanciones impuestas por infracciones de transportes anotadas en el Registro de Vehículos. Nosotros podemos cancelar dichas limitaciones incluyéndole los honorarios correspondientes en la valoración y el importe de la deuda pendiente y costes diversos que tuviera según el caso.
La existencia de orden de precinto impedirá la notificación de venta del mismo.
Justificante del pago/exención del Impuesto de Matriculación, en los casos en que el cambio de titularidad de vehículos de autoescuela, alquiler sin conductor, taxi, cambio de residencia, que estuvieron exentos del pago en el momento de la matriculación, se efectúe antes de los plazos legalmente previstos (normalmente 4 años). Si tuvieran que realizarlo, podemos encargarnos incluyéndole en la valoración que le hagamos los honorarios y el importe que corresponda.
Provisión de fondos: antes de comenzar a tramitar su gestión, le valoraremos al detalle todos los costes por su cuenta (suplidos), así como los honorarios por la tramitación de las diversas gestiones que sean necesarias, teniendo en cuenta posibles trámites fuera de la provincia de Sevilla. Necesitaremos que nos abone el total de dicha valoración en concepto de provisión de fondos para sus gestiones. Una vez se ultimen todos los trámites, se facturará y se liquidará la factura resultante.
NOTA: Si el vehículo se transmite a un compraventa, la notificación de transmisión supone su baja temporal (consúltenos).
Si el vehículo se ha transmitido a un particular se anotará el cambio de titularidad pero no se expedirá el permiso de circulación.

