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PARA BAJA DEFINITIVA DE RESTO DE VEHÍCULOS:- No es necesario aportar el certificado de destrucción y la solicitud y el resto de la documentación se presentará en la jefatura provincial de tráfico.
- Los vehículos agrícolas deberán aportar documento acreditativo de la baja en el Registro Oficial de Maquinaria
Agrícola de la Comunidad Autónoma.

BAJA TEMPORAL (SUSTRACCION, VOLUNTARIA, FIN DE ARRENDAMIENTO…)Se aportará la misma documentación que para la baja definitiva (EXCEPTO CERTIFICADO DE DESTRUCCION) y, además, denuncia de robo o contrato de arrendamiento en su caso.

Para dar de alta un vehículo en baja temporal, deben aportar:

Solicitud de cuestiones varias firmada por el/los interesado/s.
Tarjeta I.T.V. (ficha técnica) con el reconocimiento en vigor.
Acta de recuperación de vehículo en caso de baja por sustracción (en este caso no se cobrará tasa por el alta).
Los vehículos agrícolas deben aportar el alta en el Registro Oficial de maquinaria agrícola de la comunidad autónoma.
Certificado de transportes de que, o bien se cuenta con el título habilitante para realizar la actividad de transporte, o bien se cumplen todas las condiciones para obtener el citado título: si se trata de un autobús o un vehículo de transporte de mercancías con una MMA superior a 6 toneladas y una carga que exceda de 3,5 toneladas.

En todos los casos debe aportar Provisión de fondos: antes de comenzar a tramitar su gestión, le valoraremos al detalle todos los costes por su cuenta (suplidos), así como los honorarios por la tramitación de las diversas gestiones que sean necesarias, teniendo en cuenta posibles trámites fuera de la provincia de Sevilla. Necesitaremos que nos abone el total de dicha valoración en concepto de provisión de fondos para sus gestiones. Una vez se ultimen todos los trámites, se facturará y se liquidará la factura resultante.